Ministro Eduardo Medina Mora presenta su renuncia a SCJN

Medina Mora era de los pocos ministros que no eran afines a la "Cuarta Transformación"

La tarde de este jueves, en un hecho inédito desde la reforma constitucional de 1994, el ministro Eduardo Medina Mora, presentó su renuncia a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Cabe señalar, que Medina Mora asumió el cargo en marzo de 2015 y, por ley, lo debería haber ocupado hasta 2030.

Esta acción nadie la tenía presupuestada, tomando en cuenta desde 1994, que fue cuando se creó la actual Corte, ya que no había sucedido algo similar en sexenios anteriores.

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Cuando sucede una situación como ésta el Artículo 98 de la Constitución acota que las renuncias de los magistrados sólo pueden proceder “por causas graves” y, después de que se presente, el presidente la debe aceptar, si es el caso, se turna al Senado para su eventual aprobación.  

En consecuencia, dos poderes la Unión, el Ejecutivo y el Legislativo deben tomar partido en el proceso. 

“Según el artículo 98, cuando la falta de un ministro excediere de un mes, el presidente de la República someterá el nombramiento de un ministro interino a la aprobación del Senado, observándose lo dispuesto en el artículo 96 de la Constitución”, informó Televisa.

Por otro lado, si un ministro muere o causa separación definitiva, el mandatario nacional, en este caso Andrés Manuel López Obrador debe enviar una terna a la Cámara Alta, bajo los términos del numeral 96 de la Carta Magna. 

“Las renuncias de los ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán sometidas al Ejecutivo y, si éste las acepta, las enviará para su aprobación al Senado.

“Las licencias de los ministros, cuando no excedan de un mes, podrán ser concedidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación; las que excedan de este tiempo, podrán concederse por el presidente de la República con la aprobación del Senado. Ninguna licencia podrá exceder del término de dos años”, dicta la ley.