Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitió un fallo el jueves que prohíbe a las personas revisar el correo electrónico o cuentas ajenas sin previa autorización, aunque sea un familiar.
Señaló que con el objetivo de salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, se determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena.
De esta forma, ni las parejas ni ningún familiar, pueden revisar conversaciones de Whatsapp, Facebook, entre otras, sin consentimiento de la otra persona.
La determinación se compartió en un breve video de la cuenta de Twitter del máximo órgano judicial.
Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. ADR 1621/2010 ? https://t.co/2HzXaKYPVI pic.twitter.com/x6P5c4Nqst
— Suprema Corte (@SCJN) 23 de mayo de 2019
El fallo se dio luego de analizar el caso de un hombre que imprimió más de 300 correos electrónicos de su esposa para usarlos como prueba de adulterio y así obtener el divorcio y la custodia de sus hijos.
Con información de Contrapeso Ciudadano.