Sentencia en Colima; podría afectar futuros nombramientos para la SCJN

A nivel federal —y esto también aplica en Colima— el jefe del Ejecutivo tiene la facultad de proponer una terna para elegir a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Quién iba a pensar que un amparo en el estado de Colima podría repercutir a todo un país.

Resulta que un grupo de abogados se amparo por la manera en cómo el gobernador de dicha entidad, José Ignacio Peralta, eligió una terna para la designación de magistrados al Tribunal de Justicia Administrativa.

Tal procedimiento es legal; pero, para el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Distrito, el mandatario local debe “reponer la designación de magistrados”, porque el anterior método viola los Derechos Humanos de los aspirantes, porque no existe igualdad de oportunidades.

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A nivel federal —y esto también aplica en Colima— el jefe del Ejecutivo tiene la facultad de proponer una terna para elegir a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para los comisionados de la Comisión Reguladora de Energía (CRE); aunque es el Senado de la República quien debe aprobar las propuestas.

En caso de que éstas sean rechazadas dos veces presidente, con base en la ley, puede designar a los nuevos integrantes de ya sean de la CRE o la SCJN, sin importar que estén en la terna o sean nuevos nombramientos.

Lo curioso aquí, es que la resolución del Tribunal Colegiado, pudo haber revocado el nombramiento de la ministra, Yazmín Esquivel Mossa a la SCJN, solo bastaba que un opositor interpusiera un amparo ante tal designación.

El inconveniente más importante para esta resolución, es que para que se acate sería necesario modificar la Constitución, tanto nivel estatal como federal, ya que no se incluye la participación externa en las propuestas de los aspirantes, pues la presentación de las ternas es exclusiva del titular del Ejecutivo.

Cabe señalar, que el amparo no va en contra de las designaciones, sino contra los actuales procesos establecidos en la Constitución —ya antes explicados—; por lo que la sentencia le exige al gobernador ampliar la lista de aspirantes, con la opción elegir a otros, pero sin precisar cómo se elaborará el listado y si existirá un límite de nombres.